ANTONIO BELMONTE MORAGA, PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE LA GINETA, al amparo de lo establecido en el del art. 97.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación con el 91.4 de la misma norma, para su consideración y adopción del acuerdo que proceda, presento al Pleno la siguiente
MOCIÓN
El art. 75.7, primer párrafo, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local dice:
Los representantes locales, así como los miembros no electos de la Junta de Gobierno Local, formularán declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos.
Formularán asimismo declaración de sus bienes patrimoniales y de la participación en sociedades de todo tipo, con información de las sociedades por ellas participadas y de las liquidaciones de los impuestos sobre la Renta, Patrimonio y, en su caso, Sociedades.
Tales declaraciones, efectuadas en los modelos aprobados por los plenos respectivos, se llevarán a cabo antes de la toma de posesión, con ocasión del cese y al final del mandato, así como cuando se modifiquen las circunstancias de hecho.
Las declaraciones anuales de bienes y actividades serán publicadas con carácter anual, y en todo caso en el momento de la finalización del mandato, en los términos que fije el Estatuto municipal.
Tales declaraciones se inscribirán en los siguientes Registros de intereses, que tendrán carácter público:
a. La declaración sobre causas de posible incompatibilidad y actividades que proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos, se inscribirá, en el Registro de Actividades constituido en cada Entidad local.
b. La declaración sobre bienes y derechos patrimoniales se inscribirá en el Registro de Bienes Patrimoniales de cada Entidad local, en los términos que establezca su respectivo estatuto.
Dicho precepto se introdujo en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local por la Ley del Suelo de 2007 y se mantiene en el actualmente vigente Real Decreto legislativo 2/2008, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo, en su disposición adicional novena, a nuestro entender, para dar transparencia, sobre todo en el marco de la actividad urbanística y en el ámbito de sus propias competencias, a las actuaciones de los responsables políticos municipales.
Precepto que al parecer no iba nada desencaminado, a juzgar por los casos de corrupción que se vienen destapando y con los que nos desayunamos diariamente, y que a la vista de su escasa aplicación vienen a abonar la teoría de que el que no publica es porque algo tiene que esconder.
El grupo socialista ha presentado en dos ocasiones moción al Pleno para la publicación de las declaraciones de bienes e intereses de los miembros de la Corporación, y en ambas se ha rechazado, y si bien la interpretación del mismo pudiera dar a entender la posibilidad de hacer o no la publicación de bienes y actividades de los miembros de la Corporación con carácter anual, sin embargo, establece el carácter obligatorio de realizarla a la finalización del mandato.
Ahora bien, como esta última publicación pudiera resultar incompleta si no se conoce la declaración realizada antes de la toma de posesión de dicho mandato
PROPONGO
PRIMERO: Que se proceda a la publicación en el BOP y/o en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de las declaraciones de bienes y actividades incluidas en el Registro de bienes e intereses de los miembros de la Corporación y de sus Cónyuges en régimen de gananciales efectuadas en el periodo 2007 a 2011, tanto las realizadas antes de la toma de posesión, como las producidas con ocasión del cese de algún miembro de la Corporación durante dicho periodo, así como las existentes al final del mandato y cuando se hayan modificado las circunstancias de hecho.
Igualmente, se deberán publicar las declaraciones de bienes y actividades incluidas en el Registro de intereses de los miembros de la Corporación y sus Cónyuges en régimen de gananciales efectuadas antes de la toma de posesión el pasado 11 de junio de 2011.
SEGUNDO.- COMPROMETERSE, sea cual fuere el resultado de las próximas elecciones, a publicar las declaraciones de bienes y actividades de los miembros de la Corporación y cónyuges en régimen de gananciales, a la toma de posesión y a la finalización del mandato, así como anualmente. En este último caso bastaría con publicar las modificaciones y si no las hubiere un certificado de Secretaría sobre inexistencia de cambios.
El grupo Municipal Socialista está convencido de que la trasparencia es un requisito indispensable de un buen gobierno y la base para que los ciudadanos puedan confiar en sus gobernantes, por lo que si se rechazara de nuevo la presente moción, se compromete a presentarla de nuevo en el primer Pleno Ordinario de la siguiente legislatura.
En la Gineta a 23 de Marzo de 2015
Fdo.- Antonio Belmonte Moraga
Portavoz del Grupo Socialista Municipal en el Ayuntamiento de La Gineta
Resto de mociones presentadas por el PSOE
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